(Administradoras de Fondos de Pensiones)
Son instituciones financieras privadas, encargadas de administrar los fondos y ahorros de pensiones. Fueron creadas en noviembre de 1980 transformándose en un sistema de capitalización individual de las pesiones de vejez, invalidez y sobrevivencia. Anteriormente había un sistema de reparto a cargo de las cajas previsionales por medio de las cuales cotizaban y entregaban las prestaciones correspondientes.
La Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, es el organismo público fiscalizador de dicho sistema.
La capitalización individual significa que cada trabajador afiliado efectúa mensualmente un aporte previsional del 10% de su remuneración, la cual es acumulada en una cuenta, que aumenta de acuerdo a los aportes que realiza el trabajador y a la rentabilidad obtenida con la inversión de sus fondos.
Deben afiliarse todos los trabajadores dependientes, cualquiera sea su actividad laboral. Los trabajadores independientes también lo pueden hacer.
El afiliado tiene derecho a recibir una pensión de vejez cuando cumpla la edad legal, 60 años en el caso de las mujeres y 65 años en los hombres. Sin embargo, pueden hacerlo anticipadamente, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Tener un ahorro que permita cubrir a lo menos el 50% del promedio de las rentas imponibles de los últimos 10 años.
- Siempre que dicho monto sea igual o superior al 110% de la pensión mínima de vejez vigente.
La crisis de los sistemas de pensiones implementados en latinoamérica se han transformado en un hecho reiterativo en el continente en los últimos años. Dicha circunstancia, unida al éxito del sistema chileno, ha provocado un interés por este modelo, lo que ha llevado que numerosas naciones hayan implementado un sistema privado de capitalización individual.
Para mayor información visita: Sistema de AFP
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